La reforma laboral entra en vigencia ¿Qué cambia para los empleadores y trabajadores?

El Gobierno Nacional oficializó la Ley N° 27.802, luego de su aprobación definitiva en el Senado hace una semana. 

La norma de la Reforma Laboral, publicada mediante el Decreto 137/2026 en el Boletín Oficial entra en vigencia a partir del día de la fecha. El escenario laboral argentino del ámbito privado cambia sus reglas de juego.

Estos son los puntos fundamentales que impactarán en la estructura de costos de las empresas y de los salarios de los trabajadores:

1. Salarios: Multi moneda y Productividad

La ley flexibiliza las formas de pago y permite una mayor negociación por desempeño:

  • Medios de pago: Se habilita el pago en moneda nacional o extranjera, especie, habitación o alimentos.

  • Salario Dinámico: Se crea esta figura para convenios colectivos o por empresa. Permitirá bonificar el mérito personal o la productividad, dándole un marco legal a incentivos que antes solían ser foco de conflicto judicial.

2. El nuevo Fondo de Asistencia Laboral (FAL)

Es el cambio más profundo se da en la gestión y administración de los fondos previstos para el pago de las indemnizaciones.

  • Financiamiento: Aporte obligatorio del 1% para Grandes Empresas y 2,5% para PyMEs.

  • Administración: Los recursos serán gestionados por la Comisión Nacional de Valores (CNV), lo que implica una profesionalización en la inversión de estos fondos.

  • Impacto en ANSES: El organismo previsional dejará de percibir estos ingresos.

3. Indemnizaciones y Litigiosidad

La reforma busca previsibilidad en los balances contables de las empresas:

  • Base de cálculo reducida: Se excluyen explícitamente el aguinaldo (SAC), vacaciones, propinas y premios.

  • Tope indemnizatorio: La base no podrá exceder tres veces el salario promedio del convenio aplicable.

  • Actualización: Se aplicará IPC + 3% anual, eliminando las tasas de interés judiciales que licuaban o inflaban los montos de forma discrecional.

  • Facilidad PyME: Se autoriza formalmente el pago en cuotas de las indemnizaciones para pequeñas y medianas empresas.

4. Régimen de Incentivo a la Formalización (RIFL)

El "blanqueo" y promoción de empleo tiene condiciones muy específicas por el plazo de un año:

  • Costo reducido: Para las nuevas altas, el empleador pagará solo un 8% de contribuciones patronales (el cual ya incluye el 3% destinado al fondo de indemnizaciones).

  • Target: El beneficio aplica a trabajadores que al 10 de diciembre de 2025 no tuvieran empleo registrado, fueran monotributistas o empleados públicos.

5. Operatividad: Banco de Horas y Vacaciones

  • Banco de Horas: Se permite el régimen de compensación de horas extras por descansos, siempre que haya acuerdo escrito y se respeten los descansos legales mínimos.

  • Vacaciones: Se mantiene el período octubre-abril, pero con flexibilidad total para acordar fechas fuera de ese rango. Se permite el fraccionamiento mínimo de 7 días, con un aviso previo de 30 días.

6. Limitación del Derecho de Huelga

La ley garantiza la continuidad de la actividad económica mediante esquemas de servicios mínimos:

  • Servicios Esenciales: Deberán garantizar el 75% de prestación.

  • Servicios Trascendentales: Deberán garantizar el 50%.

  • Asambleas: Los trabajadores ahora requieren autorización previa del empleador para realizar asambleas en el lugar de trabajo.

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